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Seguro Hospitalario

Olvídate de los costos de una eventual hospitalización. Accede a nuestro seguro que reembolsa todos los gastos de internación y maternidad que tu Isapre no cubre.

  • Sólo para titulares y cónyuges mayores de 18 años y menores de 64 años y 364 días
  • Edad máxima de permanencia 65 años
  • El titular podrá incorporar como carga a sus hijos mayores de 14 días y hasta los 18 años o 24 años si están estudiando y son solteros.
  • Los recién nacidos deberán ser incluidos en la póliza desde el séptimo mes de gestación, siempre y cuando el seguro tenga validez por más de 10 meses.
  • Es obligatorio contar con previsión (Isapre o Fonasa)
  • Si el servicio médico no está incluido en su plan de salud, este seguro reembolsará un 50% de las prestaciones según porcentajes y topes del cuadro de coberturas
  • Tope anual de UF 250 por beneficiario durante el primer año, el segundo año UF 275 y el tercero UF 300
  • Cobertura de un 50% en el extranjero (siempre y cuando los gastos estén cubiertos por el sistema previsional del afiliado)
  • Libre elección de centros de hospitalización y atención médica
  • Tarifa mensual independiente de la edad del titular
  • Requiere declaración familiar de salud
  • Vigencia desde el décimo día de la entrega de la declaración de salud. Deducible de UF 1 acumulable anual para titular y cargas
  • Carencia: 60 días contados desde el inicio de vigencia del seguro, con exepción de hospitalizaciones por accidentes. En maternidad la carencia será de 10 meses de contratado el seguro
  • Orientación médica telefónica
  • Un porcentaje del costo efectivo de gastos médicos hospitalarios, por cualquier enfermedad o accidente o maternidad luego de lo reembolsado por el sistema de salud del titular.


Gastos Hospitalarios Reembolso (%) Tope Por Unidad Tope Anual (UF)
Día Cama Medicina o Cirugía80%UF 2.0 Diario
Día Cama Sala Cuna80%UF 2.0 Diario
Día Incubadora80%UF 2.0 Diario
Día Cama UTI/ UCI, Coronaria80%UF 2.0 Diario
Día Cama Intermedia80%UF 2.0 Diario
Día Cama Recuperación80%UF 2.0 Diario
Medicamentos Hospitalarios80%
Materiales Clínicos80%
Exámenes y procedimientos80%
Derecho Pabellón80%
Honorarios Médicos Quirúrgicos80%
Otros Gastos Hospitalarios Reembolso (%) Tope Por Evento Tope Anual (UF)
Prótesis y Ortesis (Incluye Audífonos)80%UF 20-
Ambulancia Terrestre80%UF 2.0-
Maternidad Reembolso (%) Tope Por Evento (UF) Tope Anual (UF)
Parto Normal70%-UF 20
Cesárea70%-UF 30
Aborto no provocado70%-UF 10
  • La hospitalización para fines de reposo, cuidado sanitario, períodos de cuarentena , por enfermedades psiquiátricas y/o psicológicas.
  • Gastos médicos provenientes de una hospitalización en que incurra un asegurado o el recién nacido a consecuencia de embarazo, parto, cesárea y sus complicaciones.
  • Cirugías y/o tratamientos estéticos.
  • Tratamientos por adicción a drogas, alcoholismo o tabaquismo.
  • Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), y/o cualquier otro cuadro producido o favorecido por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) sus consecuencias y complicaciones.
  • Los siguientes tratamientos, estudios o condiciones de salud:
    • La cirugía por obesidad.
    • Estudios y tratamientos por talla baja, gigantismo y todo tipo de hormonas del crecimiento, así como también Antagonistas LH y RH.
    • Cirugía Ocular Lásik.
    • Esterilización quirúrgica femenina o masculina independiente de la causa por la cual se indique.
    • Estudios de diagnóstico, tratamientos y procedimientos que tengan relación con problemas de esterilidad, fertilidad e infertilidad, sus complicaciones o consecuencias.
    • Tratamientos para adelgazar.
  • Los siguientes insumos o gastos farmacéuticos no se cubrirán, aún cuando éstos sean con fines terapéuticos, ellos son:
    • Insumos ambulatorios no asociados a una cirugía.
    • Cualquier tipo de alimento o sustituto alimenticio, aunque tenga fines terapéuticos.
    • Homeopatías y/o Recetario Magistral.
    • Cremas, lociones faciales, jabones, shampoo, filtros solares, medias antiembólicas o para el tratamiento de várices que no incorporan un principio activo.
  • Lesión o enfermedad causada por:
    • Guerra civil o internacional, sea que esta haya sido declarada o no, invasión y actividades u hostilidades de enemigos extranjeros.
    • Participación activa del asegurado en rebelión, revolución, insurrección, poder militar, terrorismo, sabotaje, tumulto o conmoción contra el orden público, dentro o fuera del país.
    • Participación del asegurado en actos calificados como delitos por la ley.
    • Negligencia, imprudencia o culpa grave por parte del asegurado.
    • Estado de ebriedad o los efectos de drogas o alucinógenos en el asegurado.
    • Fusión y fisión nuclear o cualquier accidente nuclear.
  • Todo tipo de exámenes dentales, extracciones, empastes, cirugías y/o tratamientos dentales en general.
  • Aparatos auditivos, lentes o anteojos ópticos y de contacto, prótesis, órtesis, miembros artificiales y suministro de aparatos o equipos médicos y/u ortopédicos, así como también la adquisición o arriendo de equipos, tales como: sillas de ruedas, camas médicas, ventiladores mecánicos, etc.
  • Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunas para el sólo efecto preventivo, no inherentes o necesarios para el diagnóstico de una incapacidad,
  • Hospitalización domiciliaria y la atención particular de enfermería fuera del recinto hospitalario.
  • Gastos por acompañantes.
  • Lesión o enfermedad surgida de la ocupación del asegurado, cubierta por la legislación de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  • Epidemias o pandemias declaradas por la autoridad competente o por el organismo de salud mundial competente, respectivamente.
  • Tratamientos, drogas o medicamentos que sean utilizados habitualmente como método anticonceptivo.
  • Tratamientos médicos no tradicionales o experimentales, empíricos y también la medicina alternativa.
  • Realización o participación en una actividad o deporte riesgoso.
  • Criopreservación, así como la compra de células madre, sangre, hemoderivados y cualquier otro tejido u órgano.
  • Gastos que no estén expresamente indicados en el Cuadro de Beneficios detallado en las Condiciones Particulares de la Póliza.
Planes y Tarifas Prima Mensual
Titular soloUF 0,29
Titular más 1 cargaUF 0,42
Titular más 2 cargasUF 0,56
Titular más 3 cargas ó masUF 0,69
Cada carga adicional después de 3UF 0,09
Cotizar
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