Hasta UF 30 anuales por concepto de las compras de los bienes adquiridos mediante la tarjeta CMR Falabella que hayan sufrido:
Daño material accidental ocasionado por causas externas dentro de los 60 días de efectuada la compra.
Robo con fuerza en las cosas hasta 4 horas después de haber sido realizada la compra.
El daño mínimo indemnizable deberá ser superior a UF 0,6.
Hasta UF 30 anuales por concepto de las compras de los bienes adquiridos mediante la tarjeta CMR Falabella que hayan sufrido:
Daño material accidental ocasionado por causas externas dentro de los 60 días de efectuada la compra.
Robo con fuerza en las cosas hasta 4 horas después de haber sido realizada la compra.
El daño mínimo indemnizable deberá ser superior a UF 0,6.
No serán indemnizables bajo la cobertura de la presente póliza los daños que sean consecuencia de:
Guerra declarada o no, invasión, rebelión o insurrección, hostilidades de cualquier tipo, confiscación o apresamiento por orden de autoridades públicas o gobiernos, legítimos o no, contrabandos y actos ilícitos.
Uso normal y desgaste natural.
Contaminación radioactiva.
Daños provenientes de vicios propios del Bien Asegurado.
Inundación y terremoto.
Por daños que se manifiesten como defectos estéticos, tales como rayaduras a superficies pintadas, pulidas o esmaltadas. Sólo serán indemnizadas cuando sobrevengan a consecuencia de un siniestro indemnizable que haya afectado también otras partes de los bienes asegurados e impida el correcto y normal funcionamiento del bien asegurado.
No serán considerados como Bienes Asegurados, en ningún caso:
El dinero en efectivo o en cualquiera de sus formas, los cheques de viaje, billetes y pasajes.
Los animales y plantas naturales.
Las joyas, alhajas, piedras preciosas y relojes en equipajes, a menos que sean llevados consigo por el Asegurado y se encuentren en todo momento bajo su custodia o la de sus acompañantes previamente conocidos por aquel.
Bienes consumibles (A modo de ejemplo y como enunciación no taxativa, alimentos y bebidas de cualquier especie)
Tampoco serán indemnizables bajo las garantías de las presentes condiciones los reclamos formuladas a consecuencia de:
Daños materiales directos causados a los Bienes Asegurados por culpa grave o dolo del asegurado.
Daños materiales directos ocasionados a los bienes adquiridos ilícitamente.
Los daños a bienes adquiridos mediante el medio de pago establecido en las condiciones particulares cuya compra se efectuare infringiendo la reglamentación de uso del medio de pago.
Los bienes cuya compra no se haya demostrado. Es obligación del Asegurado presentar la factura o boleta de compra detallada del establecimiento donde se efectuó la compra cuando se adquiera más de un bien al mismo tiempo y se reciba una sola factura o boleta por todos los bienes adquiridos. De lo contrario, el Asegurador no asumirá los costos del siniestro.
No quedan amparadas por la cobertura de la presente póliza las compras efectuadas mediante extorsión y/o cualquier otro vicio de la voluntad y/o consentimiento del Asegurado.
No se encuentran amparados los vicios propios del producto que deriven de una defectuosa fabricación o de garantía del fabricante y/o vendedor.
Los vehículos a motor, de cualquier clase o naturaleza que sean ya se trate de vehículos terrestres, acuáticos o aéreos como por ejemplo, pero no limitado a, vehículos motorizados, motocicletas, lanchas, aviones etc.
Esta póliza tiene un valor de $2.390 la 1ª cuota, y UF 0,11 mensual desde la 2ª cuota en adelante. Intermedia Seguros Falabella Corredores. Asegura Ace Seguros. Infórmate sobre límites y exclusiones de estas pólizas, código SVS Pol 107012 y condiciones particulares. Cobertura hasta UF 30 anuales, por compras con CMR en tiendas Falabella que sufran daños materiales por causas externas o robos con fuerza, denunciados hasta 24 horas después del el robo. El daño indemnizable debe ser superior a UF 0,6.