Porque nada te puede tranquilizar más que tener una buena cobertura de salud, contrata tu seguro catastrófico con nosotros y reembolsa hasta el 100% del costo no cubierto por tu Isapre en accidentes o enfermedades graves.
Sólo para titulares y cónyuges mayores de 18 años y menores de 69 años y 364 días
Edad máxima de permanencia 89 años y 364 días
El titular podrá incorporar como carga a sus hijos mayores de 14 días y hasta los 18 años o 23 años si están estudiando y son solteros.
Es obligatorio contar con previsión (Isapre o Fonasa)
Tope anual de UF 5.000 o UF 10.000 al año según plan
Cobertura inmediata de accidentes. En caso de enfermedad el seguro cubrirá luego de 60 días de contratado el plan
Cobertura de un 50% en el extranjero (siempre y cuando los gastos estén cubiertos por el sistema previsional del afiliado)
Libre elección de centros de hospitalización y atención médica
Deducible individual por evento
Requiere declaración personal de salud
Cobertura de hasta el 100% del costo efectivo de gastos médicos hospitalarios y ambulatorios por enfermedad o accidente luego de lo reembolsado por el sistema de salud del titular (Isapre, Fonasa, Dipreca o Capredena)
Cobertura de Vida según plan contratado
Enfermedades psicológicas y psiquiátricas.
Curas de reposo, cuidado sanitario, períodos de cuarentena o aislamientos.
Los tratamientos estéticos plásticos, dentales, ortopédicos y otros tratamientos que sean para fines de embellecimiento o para corregir malformaciones.
Cirugía plástica o cosmética, a menos que sea necesitada por una lesión accidental que ocurra mientras el asegurado se encuentre amparado por la póliza.
Tratamientos por: adicción a drogas o alcoholismo, síndrome de inmunodeficiencia adquirida - SIDA-, lesión, enfermedad o tratamiento causado por ingestión voluntaria de somníferos, barbitúricos, drogas y demás sustancias de efectos análogos o similares.
Lesión o enfermedad causada por:
Guerra civil o internacional.
Participación activa del asegurado en rebelión, revolución, insurrección, poder militar, terrorismo, sabotaje, tumulto o conmoción contra el orden público, dentro o fuera del país.
Participación del asegurado en actos delictivos.
Negligencia, imprudencia o culpa grave por parte del asegurado, incluyéndose toda lesión o enfermedad ocurrida a causa o con ocasión de su estado de ebriedad o efectos de las drogas.
Fusión y fisión nuclear o cualquier accidente nuclear.
Todo tipo de exámenes dentales, extracciones, empastes y tratamiento dental en general.
Cualquier tipo de órtesis.
Medicamentos, remedios, drogas e insumos, con excepción de los prescritos bajo el Beneficio de Hospitalización establecido en el punto I. del Artículo 2º precedente. No se cubrirán recetas magistrales y remedios naturales.
Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunas para el sólo efecto preventivo, no inherente ni necesario para el diagnóstico de una incapacidad.
La atención particular de enfermería fuera del hospital e intrahospitalaria
Gastos por acompañantes.
Lesión o enfermedad surgidas de la ocupación del asegurado, cubierta por la legislación de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Maternidad, exceptuándose los gastos médicos asociados a complicaciones del embarazo.
Enfermedades, padecimientos o malformaciones congénitas conocidas por el asegurado titular al momento de contratar esta póliza.
Epidemias y Pandemias declaradas por la autoridad competente o por el organismo de salud mundial competente, respectivamente.
No serán consideradas como enfermedades o eventos con derecho a cobertura, para efectos de la presente póliza, la cirugía, tratamientos o gastos que se indican a continuación:
La obesidad no mórbida (IMC < 40).
La impotencia masculina.
Fertilidad e infertilidad.
Tallas bajas.
Tratamientos anticonceptivos.
Cirugía de reducción o aumento mamario.
Adquisición o arriendo de equipos.
Tratamientos efectuados a través de medios de medicina alternativa, tales como: acupuntura, iriología, reflexología, quiropraxia, etc.
Gastos que no estén expresamente indicados en el Cuadro de Beneficios detallado en las Condiciones Particulares de la Póliza, como asimismo, gastos de exámenes y procedimientos a través de nuevas tecnologías no reconocidas por el Sistema de Salud Previsional, los cuales serán cubiertos siempre que exista un pronunciamiento de la compañía aseguradora y de Fonasa en ese sentido.
Criopreservación.
Situaciones o Enfermedades preexistentes.
Plan 1
Deducible: UF50 / Tope: UF5.000 / Sin Vida / Primas Mensuales
Intermedia Seguros Falabella Corredores. Asegura MetLife Chile Seguros de Vida. Infórmate sobre límites y exclusiones de estas pólizas, códigos SVS Pol 309131, Pol 209088 y Cug 207058 y condiciones particulares.